POR MILCIADES ENCARNACION
La Constitución Dominicana promulgada por primera vez el 6 de noviembre de 1844 en San Cristóbal que hoy celebramos con jubilo la fecha instituida y reformada en múltiples ocasiones (la más reciente en 2024) es vista de forma mixta por analistas, juristas y la ciudadanía, dominicanos, desde distintos angulos de los intereses colectivos e individuales
el 6 de noviembre no es una fecha más en el calendario nacional, este día celebramos el nacimiento de la República Constitucional, proclamada en 1844, y nos recordamos cada 6 de noviembre, que la Constitución no es una reliquia histórica, sino un pacto vivo que demanda reflexión, defensa y cumplimiento.
Segun algunas reseñas de medios de la Republica Dominicana, la Constitución de 2010 marcó un punto de inflexión en el desarrollo institucional dominicano, donde por primera vez, el texto no se limitó a organizar los poderes públicos, sino que adoptó un paradigma fundado en la dignidad humana, los derechos fundamentales y la supremacía constitucional como norma de normas.
Por ejemplo, con la reforma de Leonel del año 2010, dejamos atrás un estado meramente legal de derecho, para consolidar un Estado constitucional de derecho, donde toda norma encuentra su validez en la Constitución.
En esta importante y profunda reforma se cuentan, los avances más relevantes, donde se destacan la creación del Tribunal Constitucional y del Defensor del Pueblo, la incorporación del bloque de constitucionalidad que reconoce los tratados internacionales de derechos humanos, el reconocimiento de derechos de nueva generación, como el medioambiente sano, la protección de datos personales y el acceso a la información y el fortalecimiento del control difuso de constitucionalidad, que faculta a todos los jueces a proteger el texto supremo.
Sin embargo cinco (5) años después, la reforma del 13 de junio de 2015 (Ley 24-15) modificó el artículo 124 e introdujo una disposición transitoria que habilitó la reelección presidencial consecutiva, prohibiendo luego cualquier nueva postulación del mandatario, aquella modificación alteró el diseño original de 2010, concebido para evitar la concentración del poder político.
Nueve años despues, en octubre del año 2024, la Asamblea Nacional Revisora aprobó una nueva reforma para cerrar el ciclo reeleccionista, ajustar la organización electoral y modernizar la representación legislativa,( Constitución de Abinader).
En esta los cambios más importantes fueron, la prohibición de alterar las reglas de elección presidencial, se redujo el número de diputados a 170 para aumentar la eficiencia legislativa y se estableció que el presidente en ejercicio no podrá impulsar reformas constitucionales. El propósito fue fortalecer la estabilidad institucional y blindar el sistema democrático frente a las tentaciones del poder.
Pese a los avances, el constitucionalismo dominicano aún arrastra deudas estructurales, como cuales, independencia judicial continúa bajo presión, los derechos sociales —salud, educación, vivienda— siguen siendo más promesa que realidad, y la reiteración de reformas ha erosionado la confianza ciudadana.
QUINTO ASPECTO
La falta de ejecución de sentencias, incluso del Tribunal Constitucional, lo que vulnera la supremacía constitucional. Por eso el propio Tribunal creó una Unidad de Seguimiento de Ejecución de Sentencias, para asegurar que sus fallos sean acatados por las autoridades, pese a eso ustedes saben de las nueves violaciones de sentencias de la fiscal de San Francisco de Macorís, las violaciones de sentencias del Encargado de la DIGESSET, de forma reiterada y sistemática, con las incautaciones de vehículos pese a estas prohibiciones, los famosos desacatos judiciales, donde fiscales se creen ser los paladines de la inquisición, olvidándose que en D, no existe el poder monarquico.
ASPECTO NUMERO SEIS
El desafío de los próximos años no es reformar la Constitución, sino cumplirla. Requiere fortalecer la institucionalidad democrática, asegurar independencia, transparencia y rendición de cuentas, consolidar la supremacía constitucional y promover la educación cívica, desde las aulas para que cada ciudadano reconozca su deber en la defensa de la Carta Magna.
A 16 años de su proclamación, la Constitución de 2010 sigue siendo una de las más avanzadas de la región. Su vigencia real, sin embargo, dependerá de nuestra capacidad para pasar de una Constitución escrita a una Constitución vivida, en la que los derechos no sean concesiones del Estado, sino garantías efectivas de libertad, justicia y dignidad, y donde el poder permanezca siempre subordinado al derecho.

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